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12 de abril de 2024

G-0701-2024

Sra. Idianey González Vega

Subdirectora

Departamento, Secretaría del Directorio

Asamblea Legislativa

karayac@asamblea.go.cr y ereales@asamblea.go.cr

Asunto: informe sobre el texto de discusión del proyecto de ley: Expediente No

24.207. “Ley para fomentar los vuelos de bajo costo entre Costa Rica”

Estimada señora:

Me refiero al Proyecto de Ley de cita (en adelante el Proyecto), para dar respuesta

a su atento oficio AL-DSDI-OFI-0051-2024 recibido el 5 de abril de 2024, que solicita

nuestro criterio institucional.

1. Sobre el estudio del Banco Mundial que da motivación técnica al Proyecto.

El Proyecto basa su propuesta en un estudio del Banco Mundial y en la premisa de

que al disminuir los ingresos por recaudación del actual impuesto de 15 dólares a

favor del ICT, según el artículo 2 de la Ley 8694, Ley de Fortalecimiento de la

Industria Turística Nacional, en clara afectación negativa al Instituto Costarricense

de Turismo (en adelante ICT), se van a reducir en forma significativa los costos de

los servicios aéreos regionales y a propiciar supuestas ventajas competitivas a los

sectores de exportadores, sector de MiPymes y el turismo receptivo en Costa Rica.

.

En efecto, el Proyecto indica en su exposición de motivos:

“ (...)

Según el Banco Mundial, además, promover un transporte aéreo económicamente

más accesible constituye un factor determinante para sostener y expandir la

industria del turismo receptivo en Costa Rica, por medio de la captación de visitas

intrarregionales de turistas que llegan a países vecinos y que no están visitando,

con la generación de empleo y divisas que esto conlleva. El turismo multidestino es

también un importante segmento de mercado que la región no está captando.”

Con respecto de esta propuesta y motivación técnica del Proyecto para reducir tasas

aeroportuarias para los viajes aéreos en Centroamérica, el ICT hace las siguientes

consideraciones:

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1.1 Sobre viajes de negocios intrarregionales.

a) La pandemia ha venido a cambiar muchos de los paradigmas con los que

vivíamos en 2019. Los viajes de negocios a nivel mundial han decrecido por

el uso de herramientas tecnológicas que se han vuelto de uso común y que

generan muchos ahorros y eficiencias a las empresas, en especial a las

pequeñas y medianas.

b) Se estima que esa tendencia continuará en los siguientes años y no

necesariamente tendría un cambio representativo por una baja en tarifas

aéreas, ya que se deben incluir como parte de los costos de los viajes, otros

elementos que lo hacen oneroso para este tipo de empresarios (hotel,

transporte local, alimentación, entre otros).

1.2 Sobre turismo multi-destino.

a) No es particularmente un punto importante en la decisión del turista para

visitar Costa Rica. La estadía promedio en Costa Rica es de 13 noches, y un

40% de los turistas que recibimos repite la visita y lo hace en promedio siete

veces, con lo que se demuestra que el destino tiene producto suficiente para

ser un destino en sí mismo, sin depender del multidestino.

b) Al parecer, se benefician más otros países de incentivar este producto por lo

que la baja de tarifas para estimular el multidestino podría afectar la cantidad

de días de estancia en el país y por consiguiente la derrama económica del

turismo, impactando negativamente variables como el empleo y los

encadenamientos con otros sectores productivos.

c) El ICT hace esfuerzos específicos para promocionar este producto en países

emisores en donde existe oportunidad de demanda.

1.3 Sobre hipótesis de aumento de demanda y compensación de ingresos con

tráfico intrarregional.

Para el caso específico de Costa Rica, no se percibe que una baja tarifaria

aumentaría el viaje VFR por lo pequeño de las colonias residentes originarias de los

países del triángulo norte de Centroamérica, de residentes dominicanos en Costa

Rica y de los usos y costumbres de visitación de nicaragüenses y panameños hacia

Costa Rica.

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1.4 Sobre compensación de ingreso en otros mercados internacionales.

a) Aumentar los cargos a turistas de otros mercados internacionales cuando ya

el destino de Costa Rica es comparativamente caro con relación a otros

mercados, puede ser perjudicial pues podría bajar la demanda de nuestros

mercados de interés (estos permanecen más tiempo en Costa Rica, tienen

un consumo más alto que el mercado centroamericano, compran noches en

hoteles, usan transporte turístico, compran tures y realmente generan

derrama del dólar turístico).

b) Se presenta un riesgo de afectación al ingreso turístico en su totalidad.

c) El ingreso perdido no sería nunca compensado por un incremento en el

mercado intrarregional.

1.5 Sobre el impacto real de la propuesta en los precios.

a) La región centroamericana demanda mayor competencia para reducir

costos, pero la razón principal de que no exista demanda es lo pequeño de

nuestros mercados. No hay suficiente demanda para estimular que la región

se convierta en una opción atractiva para las líneas aéreas. Esto se ha

comprobado a través de la historia de nuestra región.

b) Si las aerolíneas tienen interés en generar demanda, pueden bajar su costo

operativo. Los impuestos no forman parte de su costo operativo y como tal,

pueden ellos mismos incentivar la demanda que supone el estudio.

c) Los “Yields” que presenta el estudio, se refieren al margen de ganancia de la

operación de la aerolínea, este costo no incluye impuestos. Nos parece que

esta apreciación en el estudio no es correcta. El “Yield” es afectado

principalmente por tarifa (sin impuestos), costo del combustible y costo del

talento humano, principalmente.

d) Costa Rica está en el promedio o debajo del promedio en lo que corresponde

a cargos aeroportuarios y para vuelos (filmina 7 del Estudio). Si se busca una

reducción de impuestos diferenciados para la región centroamericana, los

demás países pueden igualar los números de Costa Rica sin afectarnos.

Estas tasas sí afectan directamente a la tarifa aérea, que está en control de

la aerolínea.

e) Costa Rica está en el promedio o debajo del promedio en lo que corresponde

a impuestos variables sobre el nivel internacional, y en total de cargos (filmina